No es interpretación; es violación

Ayer me equivoqué. A sabiendas de que, seguramente, me iba a comer mis palabras, dije que «prefiero no opinar sobre una sentencia que no he leído, y conociendo el país en el que vivimos (…) no me atrevo no sólo a opinar sino a salir a la calle». No compartí el lugar de la manifestación de Madrid, el Ministerio de Justicia, pues implicaba confundir responsabilidades; sintiendo, como sentía, absoluto rechazo por una condena tan leve, tan injusta a la vista de lo que conocíamos.  «A lo mejor me parto la cara –añadí–, pero mientras no me la haya leído, no». Como me temía, después de leerme la sentencia (aquí, subrayada), no entiendo –y por tanto, no comparto– las conclusiones a las que llega el Tribunal. No puedo compartirlas. Y sí, son lo suficientemente erróneas, creo, como para salir a la calle a manifestarse. Por eso ayer me equivoqué.

Sin embargo, como siempre, hay que contar toda la historia. A lo largo de sus 134 páginas, la Sala se empeña en decir que sí: que cree a la denunciante. Que acepta, de forma íntegra, su relato de los hechos, que no pone un solo «pero» incluso cuando en todas sus declaraciones acusaba a cuatro, pero en realidad eran cinco. Los jueces rechazan todos los argumentos de las defensas: no hubo consentimiento, no hubo aquiescencia, no hubo un solo atenuante para esa panda de animales que violaron entre los cinco a una chica de 18 años. El relato de hechos probados de la sentencia es durísimo, es insoportable.

El problema llega a la hora de establecer el delito: el de agresión sexual –es decir, violación–, o el de abuso sexual. La diferencia es que en el primero hay violencia o intimidación, y en el segundo lo que hay es aprovechamiento de una posición de superioridad, por ejemplo, como en este caso. Y aquí fallan los jueces al ser incapaces de explicar por qué no pueden apreciar violencia o intimidación. Si hacían falta golpes para que una chica que acaba de cumplir 18 se vea «intimidada» por cinco armarios empotrados –uno de ellos guardia civil y otro militar– de entre 27 y 29 años. Si la víctima fue, y esto es literal de los hechos probados, «rodeada por cinco varones, de edades muy superiores y fuerte complexión, se sintió impresionada y sin capacidad de reacción. Que sintió un intenso agobio y desasosiego, que le produjo estupor y le hizo adoptar una actitud de sometimiento y pasividad», no entiendo cómo puede faltar la violencia y la intimidación. No entiendo a quien no la ve.

El cuerpo de una mujer no es una cosa, o una casa, que precisan de golpes, de violencia ‘extra’ para ser hurtados con violencia, y no hurtados sin más. Esta sentencia describe nueve –nueve– accesos carnales a una mujer incapaz de defenderse en un habitáculo de tres metros cuadrados rodeada de cinco animales que lo graban con un móvil. Eso es violencia. Eso no puede ser otra cosa que no sea violencia. Eso es la forma más brutal de violencia.

Si el legislador ha sido tan incompetente como para diferenciar una violación con paliza de una violación sin paliza, hay que pedirle cuentas. Y si los jueces no han sabido ver que lo que aquí se dirimía no era una cuestión de matiz jurídico, sino, como ellos mismos dicen, unos hechos gravísimos ante los que no cabe arredrarse, la siguiente instancia, el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (o el Supremo, si llega), va a tener que enmendar su error. Porque si no hay consentimiento, hay violación. Esto lo digo yo, pero además, también lo dice el Derecho Internacional.

Yo a estos salvajes les sometería a un tratamiento incompatible con cualquiera de los artículos de la Declaración de Universal de Derechos humanos porque yo no tengo hijas, pero tengo una madre joven y dos hermanas pequeñas que como si lo fueran. Para y por eso yo no soy juez, y no dicto las condenas. Pero mi naturaleza –humana–, antes y después de leerme la sentencia, me inclina a dejar de considerarles personas merecedoras de derechos. Exactamente igual que hicieron ellos con una chica a la que convirtieron en un trozo de carne para violarla, seguros como estaban de que en aquel momento no era nada remotamente parecido a una persona.

Es la técnica de quienes cometen estos crímenes. Lo primero que hacían los nazis en sus campos era convertir a los presos en cosas. Matar a una persona es mucho más difícil que matar a un animal o destruir un objeto. Los terroristas convierten a sus víctimas en enemigos, o en herejes, o en traidores; en definitiva, en algo diferente, inferior. Lo primero que hace un violador es dejar de considerar a su víctima como una igual. ¿Eso no es violencia?

Que la justicia no siempre va de la mano de la ley es algo que nos enseñaron los primeros filósofos de la historia. Que la ley es la mejor forma que hemos inventado para hacer justicia es algo que hemos aprendido con el paso de los siglos. Si la justicia es un principio moral que lleva a dar a cada uno lo que le corresponde, o un conjunto de valores esenciales sobre los cuales debe basarse una sociedad, ayer no hubo justicia. No tengo claro si fue por culpa de la ley o por culpa de quienes la administran; quizás por ambos. Pero ayer no hubo justicia y eso es un problema.

Lo que está claro es que me equivoqué, y sí había razones para salir a la calle. No a decir que yo también la creo; todos la creemos. No a pedir la cabeza de los jueces –quitando al del voto particular, sobre el que no hago comentarios porque seguro que serían delito, y quizás violencia–. Había que salir a la calle para decir que la violencia estaba ahí. Que eso que describe la sentencia es violencia, y si es violencia entonces esta manada de animales debe pudrirse en la cárcel.

El Código Penal se podrá reformar. Se podrán aplicar penas más duras y se podrán tipificar mejor los delitos, o no, no lo sé. Pero lo que hay que cambiar ya en la mente de muchos es esa sombra de duda, que queda ahí por culpa de esta sentencia. Ese atisbo que humilla a la víctima, que parece querer decir que no se resistió lo suficiente. Eso sí es un abuso. Porque no tiene que elegir entre ser violada, o apaleada y luego violada. Entre ser «valiente» o no. Simplemente, no tiene que hacer ninguna de esas elecciones. Sólo tiene que doblar una esquina e irse. Que es lo que intentó hacer la chica de Pamplona antes de que la llevaran, «sin violencia», a un portal. Ella quiso doblar la esquina y largarse, y no lo digo yo, lo dice la sentencia. Es suficiente.

Gracias por seguir ahí.


Dicho todo esto, un par de notas más jurídicas e igualmente importantes. En primer lugar, la Fiscalía acusa de un delito contra la intimidad (páginas 114 en adelante) por los vídeos y fotos grabados, algunos de ellos hechos públicos –en una nueva demostración de la falta de autocontrol y ética periodística de algunos medios de comunicación de este país–. El Tribunal lo descarta y absuelve a los cinco por razones procedimentales (la acusación por este delito no se formuló hasta el juicio oral). Este tipo de trabas jurídicas son aceptables en el ámbito civil, pero no en el penal. Hay múltiples circunstancias que permiten acusar una vez iniciado el procedimiento (la propia investigación puede dar lugar al descubrimiento de nuevos hechos delictivos, o incluso la confesión de un acusado). Lo que no es de recibo es que por una cuestión procedimental no se les juzgue por este delito.

Segundo, respecto de la condena que se establece, no es cierto que sea «la más elevada posible» para el delito de abuso sexual, como dice el editorial de El País de hoy. El artículo 181.4 del CP, por el que se les condena, establece una pena máxima de 10. El Tribunal no explica por qué no impone la pena máxima cuando afirma que «todo ello nos permite configurar la intensa gravedad de la culpabilidad de los acusados y determinan la mayor reprochabilidad de los hechos». Tampoco acierta a explicar por qué, siendo un delito de abuso continuado, no aplica el artículo 74 CP, que le permite imponer, incluso, la pena superior en grado.

Y tercero, respecto del voto particular, que no he querido leer completo por temor a reacciones mucho más viscerales, hace un flaco favor a la carrera judicial y al sistema en general. Es un voto inaceptable, con un relato de hechos probados que se parece más al porno más cutre que a una narración judicial. Es una reflexión jurídica retorcida para justificar todos y cada uno de los actos de los violadores y afirmar, encima, la connivencia de una víctima que según él buscó, incitó, consintió y participó, y luego se vio despechada porque no quisieron seguir. Sólo el párrafo señalado en la página 251 demuestra que lo único que merece ese voto es desprecio. También es lo único que desprende. Por suerte, que la sentencia, aún siendo errónea, sea tan radicalmente diferente, demuestra que el sistema, pese a todo, también puede funcionar.

2 comentarios en “No es interpretación; es violación

  1. Esperaba tu opinión sobre asunto tan terrible.
    Analizas la sentencia del tribunal al margen de la respuesta, en la calle. Todos, simplemente por sentido común habíamos sospechado lo que ocurrió en aquél portal de Pamplona. Los antecedentes de algunos de la Manada, daban pié para pensar, que además de mucha testosterona, llevaban alcohol y mentalidad de tribu, consiguiendo la violación, que en wassap, antes de comenzar la «cacería», se intercabiaron esperando a encontrar la víctima propicia.
    Tus conclusiones una vez leída la Sentencia, y a través del criterio jurídico, confirma lo érroneo de dicha sentencia Sorprende sobre todo que uno de los que formaban el tribunal sea una mujer.
    Sigo agradeciendo tus blog tan fundamentados y tan puntuales.

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